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CONGRESOS ANTERIORES 

Los congresos de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente se vienen celebrando cada cinco años desde 1955, tras la disolución de la Comisión Internacional Penal y Penitenciaria por la Asamblea General en 1950. En 2005 pasaron a llamarse congresos de las Naciones Unidas sobre prevención del delito y justicia penal.

13er Congreso: 2015, Qatar
El 13 er Congreso, celebrado en Doha, se celebró en un momento excepcional en el que la atención del mundo se centraba en el estado de derecho y la agenda para el desarrollo después de 2015.

12º Congreso: 2010, Brasil
El 12º Congreso, celebrado en Salvador, se centró en los niños, los jóvenes y la delincuencia; el tráfico ilícito de migrantes; la trata de personas; el blanqueo de dinero; y el delito cibernético.

11er Congreso: 2005, Tailandia
El 11 er Congreso, celebrado en Bangkok, se centró en las medidas eficaces contra la delincuencia organizada transnacional; la cooperación internacional en la lucha contra el terrorismo; y los vínculos entre el terrorismo y otras actividades delictivas.

Décimo Congreso: 2000, Austria
El Décimo Congreso, celebrado en Viena, aprobó la Declaración de Viena sobre la Delincuencia y la Justicia: Frente a los Retos del Siglo XXI.

Noveno Congreso: 1995, Egipto
  El Noveno Congreso, celebrado en El Cairo, se centró en la cooperación internacional y la asistencia técnica práctica para fortalecer el estado de derecho, las medidas contra la delincuencia organizada y transnacional, el cometido del derecho penal en la protección del medio ambiente, los sistemas de justicia penal y de policía y las estrategias para la prevención del delito en las zonas urbanas y la delincuencia juvenil de carácter violento.

Octavo Congreso: 1990, Cuba
El Octavo Congreso, celebrado en La Habana, aprobó tratados modelo de extradición, asistencia recíproca en asuntos penales, remisión de las actuaciones penales y traspaso de la vigilancia de los delincuentes bajo condena condicional o en libertad condicional; las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre las Medidas No Privativas de la Libertad (Reglas de Tokio); los Principios Básicos para el Tratamiento de los Reclusos; las Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (Directrices de Riad); las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los Menores Privados de Libertad; los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley; las Directrices sobre la Función de los Fiscales; y los Principios Básicos sobre la Función de los Abogados.

Séptimo Congreso: 1985, Italia
El Séptimo Congreso, celebrado en Milán, aprobó el Plan de Acción de Milán; las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores (Reglas de Beijing); la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder; los Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura; las recomendaciones sobre el tratamiento de los reclusos extranjeros; y el Acuerdo Modelo sobre el Traslado de Reclusos Extranjeros, primer tratado bilateral modelo.

Sexto Congreso: 1980, Venezuela
El Sexto Congreso, celebrado en Caracas, aprobó la Declaración de Caracas, en la que se reconoció que los programas de prevención del delito deberían basarse en las circunstancias sociales, culturales, políticas y económicas de cada país.

Quinto Congreso: 1975, Suiza
El Quinto Congreso, celebrado en Ginebra, examinó el concepto del delito como negocio (incluida la delincuencia organizada). En él se aprobó la Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que más adelante la Comisión de Derechos Humanos convirtió en convención.

Cuarto Congreso: 1970, Japón
El Cuarto Congreso, celebrado en Kyoto, examinó las políticas de defensa social en relación con la planificación del desarrollo, la participación del público en la prevención del delito y la organización de la investigación para la formulación de políticas de defensa social.

Tercer Congreso: 1965, Suecia
El Tercer Congreso, celebrado en Estocolmo, se centró en la asistencia técnica en la esfera de la prevención del delito y la justicia penal, así como en la investigación criminológica para la prevención del delito y la formación profesional, y recomendó el nombramiento de asesores regionales de las Naciones Unidas.

Segundo Congreso: 1960, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
El segundo Congreso, celebrado en Londres, se centró en la prevención de la delincuencia de menores, el trabajo penitenciario, la libertad condicional y la asistencia posinstitucional y la delincuencia derivada de los cambios sociales y el desarrollo económico.

Primer Congreso: 1955, Suiza
El Primer Congreso, celebrado en Ginebra, aprobó las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos.

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