Primera condena en Colombia por trata de personas con fines de servidumbre doméstica

Global Report on Trafficking in Persons 2018

09 de enero de 2019 - La primera condena por Trata de Personas con fines de servidumbre doméstica se dictó en Colombia en septiembre de 2018. El caso fue dirigido por una Fiscal que participó en un entrenamiento de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito  y basó sus argumentos jurídicos ante el juez de conocimiento en conceptos que había aprendido durante la capacitación, incluido el concepto de abuso en una situación de vulnerabilidad. La decisión judicial del caso se refiere al documento temático de UNODC sobre "Abuso de una situación de vulnerabilidad y otros "medios" en el contexto de la definición de trata de personas".

Después de que los hechos del caso fueron presentados ante el juez de conocimiento, una mujer colombiana fue encontrada culpable y sentenciada a 13 años y 2 meses por trata de personas en la finalidad de servidumbre doméstica.

A la víctima, una mujer indígena de 18 años de la comunidad de Carapana en el Departamento de Vaupés, se le prometió trabajo doméstico y un salario de 77 dólares. Cuando llegó a Bogotá se le advirtió que no recibiría un salario durante dos meses porque tenía que pagar los pasajes de su ciudad natal a la capital. Posteriormente, se le dijo que tendría que trabajar otros 20 meses sin sueldo porque tenía que pagar por una pieza decorativa que había roto accidentalmente. La mujer indígena de 18 años estaba embarazada y trabajaba más de 12 horas al día con restricciones a su libertad.

La fiscal colombiana que supervisó el caso pudo demostrar que la mujer indígena era vulnerable debido a su origen étnico, bajo nivel de educación, dificultades económicas en su lugar de origen y porque estaba embarazada cuando llegó a Bogotá, y que se abusó de esta situación de vulnerabilidad.

Esta situación de vulnerabilidad, unida a las pruebas de captación y traslado con fines de explotación, fue fundamental para que el juez se pronunciara sobre la existencia de la trata de personas con fines de servidumbre doméstica en el marco de las normas y procedimientos penales colombianos.

La fiscal destacó el papel fundamental que tienen las herramientas de la UNODC para configurar la existencia del caso de trata de personas. "Este caso representa un avance judicial al considerar la vulnerabilidad como un elemento a analizar en los casos de trata de personas. La herramienta de la UNODC nos permitió analizar paso a paso los hechos, las condiciones de vulnerabilidad y así tener más claridad de que nos enfrentamos a un caso que debe ser resuelto por el derecho penal y no por el derecho laboral", dijo la fiscal del caso.

La decisión ha sido acogida por organizaciones dedicadas a la defensa de los derechos de los pueblos indígenas como un precedente importante en el país para la eliminación de las formas de violencia y explotación basadas en el origen étnico.

Colombia es parte del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, y desde 2005 su legislación penal tipifica el delito de trata de personas con penas de prisión de entre 13 y 23 años. También cuenta con un comité nacional contra la trata de personas integrado por 16 instituciones nacionales que articulan la respuesta nacional para asistir a las víctimas de estos casos.