Recuperación de activos - Decomiso sin condena

¿Qué es?

El decomiso sin condena es un instrumento jurídico dirigido contra los bienes de origen o destinación ilícita. Es un instrumento de política criminal que busca dotar a las autoridades de los países latinoamericanos de una herramienta legal eficaz en la lucha contra la delincuencia organizada que posibilite al Estado asumir la titularidad de bienes derivados de actividades ilícitas o con destinación ilícita, con plena independencia del ejercicio de la acción penal.

Acerca de la temática

El marco jurídico internacional contra la droga y el delito, representado principalmente en las convenciones contra el tráfico ilícito de drogas, contra la delincuencia organizada transnacional y contra la corrupción, reitera la necesidad de adoptar mecanismos provisionales y definitivos sobre bienes que representen el producto del delito o que hayan sido utilizados como instrumento para su ejecución.

Las convenciones exhortan a los países signatarios a avanzar en la elaboración y aplicación efectiva de medidas legales dirigidas a la riqueza ilícita de las organizaciones criminales. 

De igual forma, las nuevas recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, GAFI, instan a los países a considerar la adopción de medidas que permitan que los productos o instrumentos relacionados con el lavado de activos y la financiación del terrorismo sean decomisados sin que se requiera de una condena penal.

La evolución de las modalidades de generación de riqueza ilícita, y de movilización y transformación del producto del delito plantean a los Estados el desafío de adoptar e implementar nuevos mecanismos legales que permitan a las autoridades proceder contra las ganancias ilícitas.

Resultados

Ley Modelo: la Ley Modelo sobre Extinción de Dominio es una iniciativa de UNODC  y constituye un referente normativo para los países de la región en su propósito de implementar medidas eficaces, complementarias a las existentes, que les permitan a las autoridades proceder sobre bienes que tengan relación directa o indirecta con actividades ilícitas, a través de un procedimiento autónomo e independiente de cualquier otro proceso.

La ley contiene los aspectos generales inherentes a la naturaleza especial de la figura, incluyendo definiciones, garantías y aspectos procesales. De igual forma se establece un procedimiento, el cual fue incorporado como uno de los ejes principales del documento en la medida en que representa una guía técnica para las autoridades legislativas, judiciales y administrativas de los países.

Ha sido divulgada en foros regionales y ante organismos internacionales especializados como GAFISUD, GAFIC, y el Grupo de Expertos para el Control del Lavado de Activos de la CICAD/OEA, el cual adoptó la iniciativa como documento de referencia legislativa para los países del hemisferio. Bajo la asesoría técnica de UNODC, la Ley Modelo ha servido de marco de referencia en el proceso de reformas legislativas que se adelantan en El Salvador, Costa Rica y Colombia.

POSICIONAMIENTO REGIONAL.

La Ley Modelo, y en general los mecanismos alternativos de decomiso, han sido presentados por UNODC en los siguientes espacios técnicos multilaterales y países de la región:

- GAFISUD. Red de Recuperación de Activos, RRAG.

- Grupo de Expertos contra el Lavado de Activos de CICAD/OEA.

- GAFIC. Sesión Plenaria.

- CICAD/OEA. Sesión Plenaria.

- Reunión de Jefes de los Organismos Nacionales de América Latina y el Caribe encargados de combatir el tráfico ilícito de drogas, HONLEA.

- Bolivia.

- Honduras.

- Venezuela.

A partir de la socialización adelantada por UNODC, los temas relacionados con extinción de dominio, recuperación de activos y decomiso sin condena, han sido incorporados en la agenda política y técnica de varios países de la región.