Proyecto Nuevas Avenidas - Peacebuilding Fund
No existe una definición internacional de ciberdelincuencia. En términos generales, el delito cibernético se puede describir como delitos ciberdependientes y delitos facilitados por medio de las tecnologías de información y comunicación.
Considerando la dimensión del riesgo del ciberdelito, las áreas especializadas que involucran y atraviesan este tipo de delitos, y las diversas capacidades que tienen los Estados Miembros para contrarrestarlo, el Programa Global promueve el desarrollo de capacidades sostenibles y de largo plazo para prevenir y contrarrestar el ciberdelito mediante el apoyo a las estructuras nacionales.
El programa integra en su paquete de servicios asistencia técnica que va desde la prevención hasta la adjudicación de delitos; desde la detección hasta la presentación de pruebas digitales al tribunal; recopilación y análisis de pruebas; apoyo a la investigación, juzgamiento y sentencia; en delitos ciberdependientes y los facilitados por medio de las tecnologías de información y comunicación, incluido el abuso y la explotación sexual infantil en línea y el uso delictivo/ilícito de activos virtuales.
Específicamente, la UNODC se basa en su experiencia especializada en la respuesta de los sistemas de justicia penal para brindar asistencia técnica en el desarrollo de capacidades, asistencia normativa, prevención y concientización, cooperación e investigación y análisis sobre las tendencias del delito cibernético.
Estas áreas de intervención se entregan a través de un enfoque programático holístico: desarrollo de capacidades/asistencia técnica, cooperación, asistencia normativa, marco legal.
La estructura y el enfoque del Programa están diseñados para permitir un enfoque integral, a largo plazo y holístico para prevenir y combatir el delito cibernético en los países. El diseño modular tiene por objeto ofrecer un enfoque programático completo que se puede aplicar a nivel de país al tiempo que incorpora una perspectiva regional y global.
El Programa apoya a los Estados miembros a contrarrestar y prevenir el delito cibernético a través de la implementación específica de actividades dentro de pilares programáticos complementarios. Las actividades en los cuatro pilares respaldan el impacto de los demás y pueden ejecutarse de manera simultánea o independiente, según las circunstancias.